La condición de los embriones humanos congelados

Davis vs. Davis

El caso Davis vs. Davis

En agosto de 1989, el Tribunal de Justicia de Maryville, en Tenesse (EE.UU), hubo de enfrentarse a una causa que revestía una singular importancia para la ética. Había de juzgarse si siete embriones humanos que se encontraban en estado de congelación debían ser considerados por la ley como bienes comunes, de los que cabía disponer libremente o como seres humanos.

Los hechos

La señora Davis, tras sufrir cinco embarazos extrauterinos se sometió a una operación quirúrgica que la incapacitó para concebir normalmente. En otoño de 1985 se sometió a un tratamiento de fecundación in vitro. Tras seis ensayos infructuosos se interrumpieron provisionalmente los intentos. En otoño de 1988, se decidió intentar un nuevo procedimiento de fecundación in vitro. Se produjeron esta vez nueve embriones, de los que se transfirieron dos en un primer momento, conservando los restantes en congelación en nitrógeno líquido a -196º por si fallaba el intento.

En estas circunstancias, el señor Davis solicitó el divorcio, que le fue concedido. Tras éste, la señora Davis quiso que se realizara un nuevo intento de implantación de los embriones congelados, pero su marido se opuso.

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Apunts de bioètica - Correu al professor