EDITORIAL MAYO 2000

Un alquiler demasiado costoso

George Will, columnista del Washington Post, reduce al absurdo las consecuencias del último caso de "alquiler de madres". Un experimento que pone en tela de juicio los límites de una maternidad por encargo.

El razonamiento legal tiene una parsimonia admirable. Reduce las controversias a componentes manejables. Pero puede despertar las ideas de la sociedad al constreñirla, y este puede ser el caso de la respuesta del tribunal de New Jersey acerca de la posesión de Baby M. Un matrimonio de New Jersey quería un hijo. Por razones médicas, la esposa consideró el embarazo demasiado arriesgado. Por tanto, el esperma de su marido fue usado para inseminar a una mujer que había firmado un contrato para gestar al feto por 10.000 $ pero, cuando llegó el momento de que la madre de alquiler entregara al niño exclamó: "¡Dios mío, qué he hecho!". Ese es el problema. Ante todo, ¿qué es ella? No es una madre "de alquiler", es la madre natural. El tribunal puede escoger tratar este caso como perteneciente a un contrato o custodia, pero, qué queda entonces de nuestra comprensión de "lo natural", significando con esta palabra la conducta adecuada para las criaturas de nuestra naturaleza. Esta discusión acerca del derecho de la madre a retener al niño es de lógica deducción, pero está condicionada por la decisión de 1973 del Tribunal Supremo declaró que el aborto es un "derecho de la intimidad" de la mujer. Los deseos del padre no tienen nada que hacer legalmente, y el feto no tiene más status legal que un tumor.

La decisión de 1973 dio origen al legalismo de que el feto es "vida potencial". El absurdo biológico de esta afirmación es subrayado hoy día por el desarrollo de la medicina fetal. Un feto es una criatura viva en la que la medicina puede obrar maravillosas diagnósticas y terapéuticas. El imperativo de la ética médica es ayudar donde sea posible. El vértigo moral aparece al intentar reconciliar ese imperativo con la decisión del tribunal de que el feto es parecido a un apéndice, una cosa sin significación moral. Y ahora está emergiendo el problemático concepto de "derechos fetales". Las autoridades civiles han intervenido para proteger a los fetos de los actos y omisiones de las mujeres embarazadas; han ordenado que se sometieran a cesárea mujeres reacias; hasta una mujer ha sido procesada por la muerte de su feto a resultas de su descuido de las órdenes de su médico. La idea de derechos fetales es en sí problemática y, como la aplicación de la ética médica a los fetos, absolutamente incompatible con la regulación de 1973. Esta regulación enseña a la sociedad a considerar al feto como un simple pedazo de materia que adquiere significado moral sólo cuando ha salido del útero. Y, si el útero es un contenedor fetal alquilado, la personalidad de la mujer que lo cede en alquiler carece de importancia. Así, si de repente un contenedor fetal (también reconocido como madre) empieza a actuar como una persona -¡Dios mío, qué he hecho!-, está actuando de modo incongruente.

La ligazón natural entre la madre y el hijo se interpreta como un capricho de la madre, y parece impensable a la luz de su contrato. La misma idea de que algo es lo "natural" llega a parecer una superstición etérea, un concepto vinculante que constriñe irrazonablemente los apetitos. El matrimonio de New Jersey quería un niño pero no "un niño de ellos mismos", significando con esta frase que el mero deseo de un niño legitima las improvisaciones del estilo del alquiler de úteros, establece un nuevo derecho, el de los matrimonios a no sufrir impedimentos legales para la paternidad biológica parcial, es decir, la paternidad biológica que implica sólo a un cónyuge. Y no habrá fundamento para no reconocer este mismo derecho a gente soltera o de cualquier tipo, o a mujeres pobres que pueden alquilar sus cuerpos para ser explotadas satisfaciendo los deseos de otras personas.

El deseo de niño es fuerte y está extendido, pero la vida no da garantías y las cosas buenas pueden tener costos prohibitivos. Para prevenir estos costos, en el caso de New Jersey el contrato debería ser tratado como una declaración inaplicable de intenciones mutuas que ya no está en vigor. La madre no debe ser privada de su hijo, al que está ahora ligada. Intentar hacer el alquiler indoloro de úteros aumentando solamente las opciones de la madre para consentir-permitiendo un período de gracia después del nacimiento durante el cual pudiera decidir retener al niño- empeora las cosas. Esto subordinaría la responsabilidad a la intención y además favorecería pensar en los niños como bienes materiales.

Todos los contratos de este tipo deberían ser prohibidos como una formalización del comercio de niños, e incluso la donación voluntaria de úteros debería ser prohibida por deshumanizante. El concepto de "deshumanización" carece de significado para la gente que niega, como progresivamente hace la cultura, la idea de algo propiamente humano. Este concepto parece asaltado por los bioquímicos, biólogos moleculares, psiquiatras y otros que localizan la esencia del hombre en una materia prima sujeta a manipulación y no sujeta a ninguna noción de "bien humano" constante. La afirmación ciega la soberanía sin trabas de los deseos, servida por la ciencia, borra de la naturaleza toda la sustancia de la filosofía moral. La filosofía, incluyendo la filosofía política, que se refiere a la conducta recta, debe afirmar su soberanía sobre las técnicas de manipulación antes de que aprendamos, demasiado tarde, esta lección: en algunas conquistas de la naturaleza, el conquistador es el derrotado.

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